Protección de datos LOPD y LSSICE

ServidoresCon la entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE, Ley 34/2002 del 11 de julio en vigor desde octubre de 2003) y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD, Ley 15/1999 del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal) los propietarios de páginas web o portales comerciales deben cumplir con una serie de requisitos para no ser sancionados por el organismo regulador, es decir, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Las consecuencias de su incumplimiento conllevan a sanciones con costos que van desde los 600€ a los 600.000€

En IsanWeb le ofrecemos los siguientes servicios para ayudarle a que su sitio Web cumpla con las normativas vigentes:

Inscripción de ficheros de datos personales recogidos a través de su página Web en el Registro General de la Protección de Datos.

• Auditoría e implementación de las medidas de seguridad de índole técnica y organizativas, para garantizar la    seguridad de los datos capturados a través de los formularios de su sitio Web.
• Redacción del documento de seguridad que recoja todas las medidas adoptadas conforme a las prescripciones    legales.
• Elaboración de las cláusulas de aceptación por parte de los usuarios a incluir en los formularios de recogida de    datos de su página Web.
• Implementación de procedimientos para permitir a los usuarios el ejercicio de los derechos que la normativa les    reconoce sobre los datos facilitados.
• En particular: acceso, rectificación, actualización y cancelación de los mismos.


TEXTO SOBRE ADAPTACIÓN DE UNA WEB A LEYES LOPD Y LSSICE

Con la entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE, Ley 34/2002 de 11 de julio en vigor desde octubre de 2003) y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD, Ley 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal), es que los propietarios de páginas Web o portales comerciales deben cumplir con una serie de requisitos específicos para no ser sancionados por el organismo regulador: la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Las consecuencias de su incumplimiento conllevan a sanciones ya no sólo son administrativas, sino que además de ellas se pueden derivar responsabilidades civiles, penales y laborales.

Las sanciones administrativas, que están definidas en función de su gravedad, pueden ser:

• Leves: sancionadas con multas de 601,01 a 60.101,21 €
• Graves: sancionadas con multas de 60.101,21 a 300.506,05 €
• Muy graves: sancionadas con multas de 300.506,05 a 601.012,10 €

Las inspecciones de la Agencia pueden realizarse de oficio o a partir de una denuncia.

Entre las obligaciones para los Prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información y del comercio electrónico que incluye la Ley podemos citar a modo de ejemplo:

• Proporcionar información detallada en la Web sobre su titular.
• Notificar las direcciones y nombres de dominio que se utilicen en Internet.
• Establecer determinados procedimientos en relación con la contratación de servicios y compra de productos en    línea.
• Cumplimiento de determinados requisitos en relación con la actividad promocional que se lleve a cabo en Internet,    tales como la práctica conocida como SPAM.
• Deberes de colaboración con las autoridades y órganos diversos perteneciente a la administración.

Cumplimiento de la LOPD:

1. Inscripción de los ficheros en el Registro General de la Protección de Datos (Artículo 26 LOPD. Artículos. 5 y 6 R.D     1332/1994, de 20 de Junio). Esta inscripción debe realizarse con carácter previo a la creación del fichero de datos     de carácter personal.
2. Elaboración conforme a las prescripciones legales, un documento de seguridad.
3. Elaboración de las cláusulas de aceptación por parte de los usuarios a incluir en los formularios de recogida de     datos de su página Web.
4. Comunicar las consecuencias y la finalidad sobre la obtención de los datos.
5. Ofrecer la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre la información     capturada.
6. Garantizar la seguridad de los datos objeto de tratamiento implantando las medidas de seguridad de índole     técnica y organizativas necesarias.
7. Auditoria periódica del cumplimiento de la normativa y de las medidas de seguridad implantadas.